LA SENTENCIA DETERMINA QUE NO ES UN ELEMENTO ESENCIAL DEL CONTRATO.
Un juzgado declara abusiva la cláusula hipotecaria de suelo
Ausbanc estima que afecta a la mayoría de las pólizas suscritas. La asociación de usuarios conmima a que se pueda recuperar el dinero.
19/10/2010 M. ROSA
- Alvaro González-Astolfi, delegado de Ausbanc en Córdoba.Foto: JUAN MANUEL VACAS
Esta noticia pertenece a la edición en papel del Diario Córdoba.
La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) informó ayer de la sentencia del juzgado de lo Mercantil número dos de Sevilla que declara abusiva la cláusula de suelo de las hipotecas. Alvaro González-Astolfi, delegado de Ausbanc en Córdoba, señaló ayer a este diario que este fallo judicial "afecta a la gran mayoría de las hipotecas" suscritas en la provincia. En esta ocasión se actuó contra el BBVA, Caixa Galicia y Cajamar, que han recurrido el dictamen ante la Audiencia.
La cláusula de suelo ha sido la principal responsable de que la progresiva reducción del euríbor, el principal índice de referencia en las hipotecas a tipo variable, no se haya traducido en una bajada generalizada de las cuotas mensuales, según expone Ausbanc en un comunicado. Esta sentencia "pone de manifiesto la actitud negligente del Banco de España, ya que en un reciente informe determinaba que la cláusula de suelo no podía considerarse abusiva, y que su eliminación tendría un impacto demoledor para la banca española".
González-Astolfi declaró que "estamos definiendo la estrategia para que la sentencia se ejecute y se pueda recuperar el dinero". En una hipoteca media de 130.000 euros a 20 años, esta cláusula suponía un importe de 70 euros el mes, ya que los intereses llegaban a "tres o cuatro puntos, cuando lo normal es que sea del 1,99". Las tres entidades mencionadas "ponían de techo el 15%", una circunstancia que el juez considera desfasada.
La resolución judicial "pone de manifiesto que las cláusulas de suelo, en primer lugar, son condiciones generales de la contratación y no cláusulas negociadas individualmente, y, en segundo lugar, representan pactos añadidos y accesorios a los intereses del préstamo; es decir, que no forman parte de la esencia del contrato, no son elemento esencial del mismo, por lo que es posible su control de legalidad y abusividad por los juzgados, como así ha ocurrido", según contiene el comunicado.

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